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martes, 30 de julio de 2019

Solicitando información al Ayuntamiento sobre la derivación de actuaciones sancionadoras por molestias por los ruidos producidos por la Welcome Party y el Mad Cool Festival 2019

Reclamación por molestias por los ruidos producidos por la Welcome Party y el Mad Cool Festival 2019 durante el miércoles 10 de julio, jueves 11 de julio, viernes 12 de julio y sábado 13 de julio; así como información sobre la derivación de actuaciones sancionadoras y solicitud, al existir reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores, para que no se autoricen más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool.

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid y de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza.

Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al Defensor del Pueblo y la Fiscalía de Medio Ambiente

Quien la presente suscribe, EXPONE, INSTA y SOLICITA:

Que a día de hoy el Ayuntamiento de Madrid aún no me ha respondido a las preguntas que de forma reiterada le he trasladado, a través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones, sobre la Welcome Party y del Mad Cool Festival del miércoles 10 de julio, jueves 11 de julio, viernes 12 de julio y sábado 13 de julio de 2019 (https://bit.ly/2YEPnt2); y en concreto en cuantos dB se han excedido, según sus mediciones, los 25 dB que no puede superar el índice de ruido en un dormitorio por la noche; lo cual ha causado molestias y perturbado la tranquilidad de los vecinos impidiendo su descanso, en especial las decenas de miles de niños y personas trabajadoras que residen en este barrio de Madrid.

Preguntar también en que medida el Ayuntamiento de Madrid y la JMD de Hortaleza han cumplido en la Welcome Party y en este Mad Cool Festival 2019 con la recomendaciones que el Defensor del Pueblo les realiza. Pues tampoco a esta pregunta he sido respondido hasta la fecha (https://bit.ly/2yprwic).

A los vecinos de Valdebebas nos consta que la Policía Municipal ha levantado actas de medición de ruidos de la Welcome Party y del Mad Cool Festival 2019 del miércoles 10 de julio, jueves 11 de julio, viernes 12 de julio y sábado 13 de julio en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool; y que, una vez informadas por el Servicio de Inspección, se volverá a constatar el incumplimiento de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Términa (OPCAT) en relación con los límites de niveles sonoros autorizados, el horario y las condiciones establecidas en la autorización aprobada por Resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental.

Es por ello que solicito saber el número de actas de medición de ruidos recibidas en la Subdirección General de Disciplina Ambiental, si se ha iniciado expediente sancionador, los dBA en los que se han superado los niveles sonoros permitidos en horario nocturno; así como, al ser una acción reiterada, pedir que no se autoricen más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool; pues "existe reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores" que "el Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta", como así indica expresamente el Defensor del Pueblo; dado que en el año 2018 también se instruyó expediente sancionador contra el Mad Cool Festival al apreciarse, como indica la Resolución del Director Gral. de Sostenibilidad y Control Ambiental, "la comisión de sendas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 59.3 a) de la OPCAT por superar los niveles sonoros permitidos en horario nocturno".

En espera de su pronta respuesta, reciban un cordial saludo.


lunes, 29 de julio de 2019

Se insta y solicita al Ayuntamiento de Madrid a la derogación del Art. 19 de la OPCAT

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid y de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza.

Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al Defensor del Pueblo y la Fiscalía General del Estado

Quien la presente suscribe, EXPONE

Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y nuestra Constitución de 1978, reconoce e insta expresamente a los poderes públicos a garantizar el derecho al descanso necesario de las personas.

Que, como se establece en la legislación vigente y en especial en la de materia de régimen local, ni las Ordenanzas, ni los Reglamentos locales, contendrán preceptos opuestos a las leyes o disposiciones generales. La potestad reglamentaria es atribuida por la Ley. Las Ordenanzas y los Reglamentos locales han de subordinarse a la ley, por lo que no puede contravenir el texto legal.

Que en el artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) se establece que el Ayuntamiento podrá modificar o suspender con carácter temporal los niveles máximos de emisión sonora establecidos en el artículo 15, a petición de sus organizadores.

Que por encima del artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) del Ayuntamiento de Madrid (artículo conculcador de la prohibición de la perturbación de la convivencia), se encuentra la LEY del Ruido (Ley 37/2003).

Que el artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) conculca la prohibición de la perturbación de la convivencia.

Es por ello que INSTO y SOLICITO:

Que se proceda a la derogación por parte del Ayuntamiento el citado artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) por vulnerar la ley, por incumplir la normativa medioambiental de protección contra el ruido, que se cita en este escrito, en todos los eventos, conciertos y festivales que se organizan en la parcela del Ifema en Valdebebas; así como por contravenir los principios constitucionales. Pues en todos los eventos que se organizan en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool, vulneran la ley e incumplen la normativa medioambiental de protección contra el ruido.

Solicitud presentada a través del Sistema de Sugerencias y Reclamaciones del Ayuntamiento de Madrid.


La OPCAT del Ayuntamiento de Madrid vulnera la ley, incumple la normativa medioambiental de protección contra el ruido y contraviene los principios constitucionales

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid y de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza.

Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al Defensor del Pueblo y la Fiscalía General del Estado

Quien la presente suscribe, EXPONE

Que la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y nuestra Constitución de 1978, reconoce e insta expresamente a los poderes públicos a garantizar el derecho al descanso necesario de las personas.

Que, como se establece en la legislación vigente y en especial en la de materia de régimen local, ni las Ordenanzas, ni los Reglamentos locales, contendrán preceptos opuestos a las leyes o disposiciones generales. La potestad reglamentaria es atribuida por la Ley. Las Ordenanzas y los Reglamentos locales han de subordinarse a la ley, por lo que no puede contravenir el texto legal.

Que en el artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) se establece que el Ayuntamiento podrá modificar o suspender con carácter temporal los niveles máximos de emisión sonora establecidos en el artículo 15, a petición de sus organizadores.

Que por encima del artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) del Ayuntamiento de Madrid (artículo conculcador de la prohibición de la perturbación de la convivencia), se encuentra la LEY del Ruido (Ley 37/2003); el RD 1513/2005, de 16 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a la evaluación y gestión del ruido ambiental; el RD 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas; la LEY 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; que regula Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP); el RD 286/2006 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido; Así como el Decreto de Protección contra la Contaminación Acústica de la Comunidad de Madrid 78/1999, de 27 de mayo, por el que se regula el régimen de protección contra la contaminación acústica B.O.C.M. Martes 8 de Junio de 1999 (Incorporada la corrección del B.O.C.M. de 1 de Julio Núm. 154).

Que el artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) conculca la prohibición de la perturbación de la convivencia, pues permite a todos los eventos, conciertos y festivales que se llevan a cabo en el Espacio Mad Cool de Valdebebas la producción de ruidos en el medio ambiente exterior y de ruidos o vibraciones en el interior de las edificaciones que no respetan las normas y usos que exige la convivencia; pues estos causan múltiples molestias que perturban de forma inmediata y directa la tranquilidad de los vecinos e impiden el descanso de estos.

Que esta realidad descrita ha sido constatada hasta por el Defensor del Pueblo, el cual ha instado al Ayuntamiento de Madrid a adoptar una serie de medidas (que hasta ahora no lo ha llevado a cabo) y en las que textualmente dice:
1) El Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta, por un lado la reincidencia en el incumplimiento de los horarios y de los niveles autorizados por parte de los promotores.
2) La necesidad de establecer medidas adicionales para garantizar una menor afección a los vecinos, entre ellas la reducción de los niveles de inmisión en fachada, mediante la reducción de los niveles de emisión de los equipos o la disposición de algún sistema de apantallamiento, la reducción del horario y la mejora de la movilidad para evitar ruidos asociados al tráfico viario.
3) Asimismo será necesario, como sugiere esa institución, realizar una mejor planificación del evento para poder efectuar una salida progresiva y escalonada sin necesidad de ampliar los horarios solamente.

Es por ello que SOLICITO:

Que se considere, en base a todo lo expuesto en este escrito, que el citado artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) vulnera la ley y contraviene principios constitucionales.

Que en base a ello se insta a la derogación del citado artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) por vulnerar la ley, por incumplir la normativa medioambiental de protección contra el ruido, que se cita en este escrito, en todos los eventos, conciertos y festivales que se organizan en la parcela del Ifema en Valdebebas; así como por contravenir los principios constitucionales. Pues en todos los eventos, conciertos y festivales que se organizan en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool, se vulnera la ley y se incumple la normativa medioambiental de protección contra el ruido, y como así también lo constata el Defensor del Pueblo, cito literalmente, "en la actuación que desde el año 2016 esa institución viene tramitando con el Ayuntamiento de Madrid por los macro-conciertos que celebran en esta capital debido a las molestias por ruido y otras incomodidades que causan a los vecinos, que viven en sus inmediaciones".

Que mientras se lleva a cabo el proceso de derogación por parte del Ayuntamiento de Madrid del citado artículo 19 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) por vulnerar la ley, por incumplir la normativa medioambiental de protección contra el ruido, NO AUTORICE la modificación o suspensión con carácter temporal de los niveles máximos de emisión sonora establecidos en el artículo 15 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT), en los eventos y festivales que se planteen celebrar en el recinto ferial de Valdebebas por parte del MAD COOL FESTIVAL o cualquier otra entidad o empresa vinculada a la misma; pues no respetan ninguna de las limitaciones y prescripciones que con objeto de intentar compatibilizar el desarrollo del evento con el descanso y la tranquilidad de los vecinos ha establecido en Ayuntamiento de Madrid; como así puede documentar la Subinspección de Policía Judicial por medio de los controles de los niveles sonoros realizados y registrados en las actas levantadas durante los conciertos celebrados; así como por las infracciones impuestas a través de los correspondientes expedientes sancionadores. Es más, los vecinos de Valdebebas no observamos ninguna razón de interés general o de especial significación ciudadana en los eventos y festivales celebrados en el recinto ferial de Valdebebas, más que la de poner en juego la vida de miles y miles de personas como en los dossieres documentales se recoge y generar molestias infinitas a los vecinos.

En espera de su pronta respuesta atendiendo lo planteado en este escrito, reciba un saludo.



domingo, 28 de abril de 2019

Primer objetivo de la ADPV: La participación activa de los vecinos de Valdebebas

Uno de los objetivos que nos hemos marcado desde el Grupo de Trabajo para el Desarrollo y la Promoción de Valdebebas es el de lograr que más vecinos se impliquen activamente con el barrio, tanto en las redes sociales como en lo presencial. Hay que conseguir, por ejemplo, que los vecinos del barrio participen muchísimo más en la Asociación de Vecinos de Valdebebas y las madres y padres con niñas y niños escolarizados en el CEIP Alfredo Di Stéfano lo hagan a través del AMPA que, al igual que la Asociación de Vecinos, están realizando una labor muy meritoria.

Consideramos que es muy positivo contar con un Grupo de Trabajo para el Desarrollo y la Promoción de Valdebebas como este que promovemos en nuestro barrio. Un grupo que es una comunidad propositiva virtual, de participación online (asincrónica pero activa), con personalidad y criterios propios que dice de forma sincera y clara lo que piensa; pero que, al mismo tiempo, no va a realizar competencia a ninguna asociación del barrio de las que realizan su trabajo de forma presencial, pues nuestra vocación es trabajar con ellas y en ellas potenciándolas y ayudándolas en todo lo que podamos y, en primer lugar, asociándonos a las mismas; en especial a la Asociación de Vecinos de Valdebebas y al AMPA del CEIP Alfredo Di Stéfano.

Insistimos, no competimos con ningún espacio asociativo presencial; pues somos una comunidad propositiva virtual, de participación online (asincrónica pero activa).

Es obvio que necesitamos en Valdebebas a muchos vecinos trabajando, tanto presencialmente (a través de la AVV o del AMPA) como telemáticamente (mediante, por ejemplo, nuestra APDV), sobre las diferentes problemáticas que nos inquietan y preocupan: Rockódromo (Mad Cool, CCME, ...) y parcela del IFEMA; Agilización de las obras de la 3ª fase del CEIP Alfredo Di Stéfano y la licitación y ejecución de las obras de construcción y equipamiento del nuevo CEIP Valdebebas II; Escuela Infantil; Marquesinas para todas la paradas bus; Colegio Joyfe; Centro de Salud; Instituto; Parque Central, Limpieza del barrio y mantenimiento de sus zonas verdes; Seguridad vial; Impulso al tejido asociativo y vecinal; ... Y estamos seguros que entre todos, de forma cada vez más coordinada, lo conseguiremos y activaremos mucho más las gestiones que debe de realizar el Ayuntamiento de Madrid, Junta Municipal de Distrito de Hortaleza y Comunidad de Madrid.

Con el tema del Rockódromo se ha evidenciado esto que decimos, tras mucha insistencia de todo el tejido asociativo del barrio, tanto del presencial/offline como del telemático/virtual/online, parece que ya están dispuestos a colocar las Pantallas Acústicas e incluso el IFEMA se ha comprometido públicamente en hacerlo. Lo suyo sería que siguiéramos insistiendo para no dejar esa instalación de las Pantallas Acústicas en el perímetro del Rockódromo para cuando el Ayuntamiento ceda la parcela al IFEMA, sino que el Ayuntamiento coloque ya las Pantallas Acústicas para evitar el ruido infernal de los conciertos y festivales programados para este año y pase la factura, como en otras ocasiones así ha hecho, al IFEMA (de cuyo consorcio participa accionarialmente el Ayuntamiento) para que abone la factura. Ánimo pues y adelante que estamos a punto de conseguirlo.

Si estás de acuerdo con lo que indicamos, inscríbete en el Grupo de Trabajo para el Desarrollo y la Promoción de Valdebebas para poder coordinarnos mejor.

Este Grupo de Trabajo, esta Agrupación para el Desarrollo y la Promoción de Valdebebas, es un espacio, una comunidad virtual, de participación online (asincrónica pero activa), que trata de hacer posible esa horizontalización y transversalización, de la que tanto se habla últimamente pero que poco se practica, de las relaciones entre las instituciones y los vecinos del barrio de Valdebebas para, de esta manera, lograr que se nos atienda con una mayor eficacia; y, sobre todo, conseguir la más amplia y permanente participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, pues es parte esencial de un sistema democrático y obligación ineludible de todas las administraciones públicas; como así establece el artículo 9.2 de la Constitución española.

Para proceder a tu inscripción pulsa sobre el siguiente enlace:


Y también puedes dejar tu opinión en esta encuesta online que hemos elaborado para mejorar la participación ciudadana de los vecinos del barrio de Valdebebas:


¡Muchas gracias por colaborar con nosotros!


domingo, 10 de junio de 2018

Agradecimiento a los participantes en el Grupo de Trabajo ADPV de Valdebebas

Queremos dar las gracias a los nuevos vecinos inscritos a través del formulario habilitado para participar en el Grupo de Trabajo que impulsa esta iniciativa para el Desarrollo y la Promoción de Valdebebas


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Para participar en el Grupo de Trabajo que impulsa el Desarrollo y la Promoción de Valdebebas pulsa sobre el siguiente enlace e inscríbete. Gracias por ello: