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miércoles, 2 de octubre de 2019

Solicitud al Ayuntamiento de Madrid para que no autorice más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid; de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza; así como del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y del Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Asunto: Solicitud de colocación de sonómetros permanentes en todo el perímetro del Espacio Mad Cool de Valdebebas mientras el Ayuntamiento de Madrid decide, al ser una acción reiterada, no autorizar más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas.

Quien la presente suscribe EXPONE:

Que el día 27 sept. 2019 el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid responde a la Solicitud de Acceso a Información Pública sobre los niveles sonoros de emisión autorizados para las actuaciones del festival Mad Cool 2019.

Que entre las prescripciones contenidas en la autorización emitida por el Ayuntamiento de Madrid, la información sobre las que regulan los niveles sonoros fueron las siguientes:

- Los niveles de emisión sonora de los equipos de reproducción sonora de las actuaciones musicales, medidos a 1,5 metros de los equipos de reproducción sonora, no soprepasarán los 110 dBA (LAeq, 5s) hasta las 23 horas (periodo día y tarde) y los 100 dBA (LAeq, 5s) desde las 23 horas hasta la finalización (periodo nocturno).
       
- Los niveles sonoros transmitidos, medidos a 1,5 metros de la fachada de los edificios de viviendas más próximos, no excederán de 75 dBA (LAeq, 5s), hasta las 23 horas y de 65 dBA (LAeq, 5s), desde las 23 horas hasta la finalización del evento.

Que durante el desarrollo del Festival Mad Cool 2019, la Unidad de Medio Ambiente de Policía Municipal ha levantado Actas de Medición de Ruidos que han dado lugar al correspondiente expediente sancionador.

O sea, que de nuevo se puede comprobar fehacientemente que el festival Mad Cool 2019 ha superado los niveles sonoros permitidos en horario nocturno y, consecuencia de ello, el Ayuntamiento de Madrid ha iniciado el correspondiente expediente sancionador.

Por todo ello SOLICITA:

Que al ser una acción reiterada la superación de los niveles sonoros permitidos en horario nocturno por el Mad Cool Festival, el Ayuntamiento de Madrid procediera a no autorizar más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool; pues "existe reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores" que "el Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta", como así indica expresamente el Defensor del Pueblo.

Que sería muy positivo, como así le hemos solicitado los vecinos de Valdebebas para evitar este elevado número de mediciones inválidas de la UMA de la Policía Municipal (el escrito del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad reconoce 17 inválidas de las 24 realizadas. Un 71%, esto es a todas luces un porcentaje muy alto), que el Ayuntamiento de Madrid colocara sonómetros permanentes en todo el perímetro del Espacio Mad Cool de Valdebebas, siguiendo el ejemplo de otras localidades que padecen festivales de música próximos a zonas residenciales (recordemos que el Espacio Mad Cool está a escasos 200 metros de una zona residencial en la que viven miles de vecinos) o; como le sugiere el Defensor del Pueblo, realice un mayor número de mediciones sonométricas periódicas por parte de la Policía de Madrid en todos los eventos, y durante todos los días de celebración de los mismos (también durante los tres días previos de ensayos que se alargan por más de 15 horas ininterrumpidas), en el conocido como Espacio Mad Cool de Valdebebas; entendiendo que lo más eficiente, siguiendo el ejemplo de otras zonas que padecen esta realidad de contaminación acústica, es realizar un monitorizado continuo para cada hora y por periodos de día, tarde y noche durante todo el tiempo de duración del evento o festival.

En espera de su pronta respuesta, reciban un cordial saludo.


martes, 1 de octubre de 2019

Solicitud de colocación de sonómetros permanentes en todo el perímetro del Espacio Mad Cool de Valdebebas

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid; de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza; así como del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y del Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Asunto: Solicitud de colocación de sonómetros permanentes en todo el perímetro del Espacio Mad Cool de Valdebebas mientras el Ayuntamiento de Madrid decide, al ser una acción reiterada, no autorizar más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas.

Quien la presente suscribe EXPONE:

En el día de hoy el Gabinete de la Alcaldía del Ayuntamiento de Madrid me informa sobre el número de Actas de Medición de Ruidos durante el desarrollo del festival Mad Cool 2019. 

Me indican que en dicho festival, la Unidad de Medio Ambiente de la Policía Municipal levantó un total de 24 Actas de Medición de Ruidos; de la cuales 17 han sido inválidas (8 porque la comprobación acústica difiere en más de 0,3 dBA con respecto al patrón, y 9 porque el valor de humedad relativa está fuera del rango previsto por el fabricante del equipo de medición).

Menos mal que entre las mediciones que se han dado como válidas se puede comprobar fehacientemente que el festival Mad Cool 2019 ha superado los niveles sonoros permitidos en horario nocturno y, consecuencia de ello, el Ayuntamiento de Madrid ha iniciado el correspondiente expediente sancionador.

Por todo ello SOLICITA:

Que sería muy positivo, como así le hemos solicitado los vecinos de Valdebebas y para evitar este elevado número de mediciones inválidas, que el Ayuntamiento de Madrid colocara sonómetros permanentes en todo el perímetro del Espacio Mad Cool de Valdebebas, siguiendo el ejemplo de otras localidades que padecen festivales de música próximos a zonas residenciales (recordemos que el Espacio Mad Cool está a escasos 200 metros de una zona residencial en la que viven miles de vecinos) o; como le sugiere el Defensor del Pueblo, realice un mayor número de mediciones sonométricas periódicas por parte de la Policía de Madrid en todos los eventos, y durante todos los días de celebración de los mismos (también durante los tres días previos de ensayos que se alargan por más de 15 horas ininterrumpidas), en el conocido como Espacio Mad Cool de Valdebebas; entendiendo que lo más eficiente, siguiendo el ejemplo de otras zonas que padecen esta realidad de contaminación acústica, es realizar un monitorizado continuo para cada hora y por periodos de día, tarde y noche durante todo el tiempo de duración del evento o festival.

También consideramos los vecinos de Valdebebas que, al ser una acción reiterada, el Ayuntamiento de Madrid procediera a no autorizar más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool; pues "existe reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores" que "el Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta", como así indica expresamente el Defensor del Pueblo.

En espera de su pronta respuesta, reciban un cordial saludo.


miércoles, 25 de septiembre de 2019

Solicitud de amparo al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de la Comunidad de Madrid

Remito al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía la siguiente solicitud de amparo para que intercedan ante el Ayuntamiento de Madrid para que respete tanto la Constitución como las sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH que garantizan la inviolabilidad del domicilio: "El domicilio no puede ser violado, ni por entradas físicas no autorizadas, ni por intrusiones no físicas como el ruido o las vibraciones."

Quién la presente suscribe EXPONE:

Que el día 12 de febrero de 2019 la prensa publicaba lo siguiente: Los organizadores del festival, sin embargo, apenas hicieron mención al ruido que se propagó por todo el distrito de Hortaleza. Tuvo que ser el coordinador general de la alcaldía, Luis Cueto, quién aludió a “la burrada de decibelios” que el Mad Cool desparrama a los cuatro vientos y, aunque anunció la futura instalación de pantallas antirruido en el recinto que alberga el festival, no estarán listas, según el representante del Ayuntamiento, hasta el 2020.

Que el día 25 de septiembre de 2019 recibo del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto la siguiente comunicación: En relación al expediente citado le informamos que consultado al Distrito de Hortaleza nos informa que el Ayuntamiento no dispone de la información relativa a la colocación de las pantallas acústicas. La empresa que  organiza el festival es la encargada de explotar un terreno localizado en Valdebebas cuya gestión pertenece a IFEMA.

¿Por qué el día 12 de febrero de 2019 el representante del Ayuntamiento anunciaba en los medios de comunicación que en el año 2020, o sea, el próximo Mad Cool Festival, contaría, ante "la burrada de decibelios" que el Mad Cool desparrama a los cuatro vientos, con la instalación de pantallas antirruido en el recinto que alberga el festival; y a fecha de 25 de septiembre de 2019 el Ayuntamiento nos informa que no se dispone de la información relativa a la colocación de las pantallas acústicas?

¿Se nos engaña a los ciudadanos desde las instituciones públicas de forma deliberada?

Por todo ello SOLICITA:

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que se defiendan los derechos fundamentales de los ciudadanos y vecinos de Valdebebas?

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que se respete tanto la Constitución como las sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH que garantizan la inviolabilidad del domicilio: "El domicilio no puede ser violado, ni por entradas físicas no autorizadas, ni por intrusiones no físicas como el ruido o las vibraciones."?

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, deje de hacer dejación de su función pública de control ambiental de la contaminación acústica? Pues en todos los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas no ejerce, de forma eficaz y eficiente, las potestades que tienen asignadas con el objeto de prevenir, evitar, y en su caso, suprimir la contaminación acústica que impida o limite el ejercicio de los derechos fundamentales de la ciudadanía a un domicilio libre de ruido. Dado que ni coloca las prometidas Pantallas Acústicas, ni hay voluntad de instalar los Sonómetros Permanentes en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas y, como le sugiere el Defensor del Pueblo, tampoco "valora la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, proteja de manera eficaz el derecho de la ciudadanía a residir en un domicilio libre de ruido?

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, como en su día trasladó el Defensor del Pueblo, tome las medidas necesarias para proteger a los vecinos frente a los ruidos molestos y las conductas incívicas, impidiendo la permisividad ante la celebración de actuaciones generadoras de elevados niveles de ruido e incrementando las exigencias ambientales y organizativas, especialmente las relativas a la contaminación acústica, control y vigilancia de los horarios; debiendo ser el Ayuntamiento el encargado de velar por el cumplimiento de la ley dentro de su municipio, y no el que la transgreda o ampare la transgresión de la norma? Pues como pueden comprobar a través del siguiente enlace en el último evento celebrado en el Espacio Mad Cool de Valdebebas, esto es, el Coca-Cola Music Experience de 2019 realizado los días 13 y 14 de septiembre de 2019, se volvieron a superar los niveles máximos de ruidos impuestos por el propio Ayuntamiento como les puede constatar la Unidad de Medio Ambiente de la Policía Municipal de Madrid. Incluso en la realización de las pruebas sonoras o ensayos llevados a cabo los días 11 y 12 de septiembre entre las 9:00 y las 23:00 horas, como así indica el Informe de la Afección Acústica del Festival Musical CCME 2019 a las viviendas cercanas encargado por el propio Ayuntamiento y realizado por la empresa ALLPE Ingeniería y medio ambiente; en él advierte que en dichas viviendas se alcanzarán los 75.9db.

En espera de su respuesta, reciban un cordial saludo.

jueves, 19 de septiembre de 2019

Petición para que no se autoricen más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid; de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza; así como del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y del Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Quien la presente suscribe EXPONE:

Que como afirma el Defensor del Pueblo, el Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta la reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores del festival Mad Cool y establecer medidas adicionales para garantizar una menor afección a los vecinos.

Que la UMA de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid informa al Fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado de la existencia de actas de mediciones de ruidos, que se realizaron con ocasión del Mad Cool Festival 2019, que excedieron los límites sonoros autorizados.

Que la reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores del festival Mad Cool es manifiesta y aún no se han establecido ninguna medida adicional eficaz por parte del Ayuntamiento de Madrid para garantizar una menor afección a los vecinos.

Que, una vez constatado un nuevo incumplimiento de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Términa (OPCAT) en relación con los límites de niveles sonoros autorizados, el horario y las condiciones establecidas en la autorización aprobada por Resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental,

SOLICITA:

Que al ser una acción reiterada, pedir que no se autoricen más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool; pues "existe reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores" que "el Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta", como así indica expresamente el Defensor del Pueblo; dado que en el año 2018 también se instruyó expediente sancionador contra el Mad Cool Festival al apreciarse, como indica la Resolución del Director Gral. de Sostenibilidad y Control Ambiental, "la comisión de sendas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 59.3 a) de la OPCAT por superar los niveles sonoros permitidos en horario nocturno".

Que dado que los medidores de ruido han vuelto a superar el máximo de los permitidos consecuencia, de nuevo, de "la burrada de decibelios" que el festival desparrama a los cuatro vientos por el barrio; sería adecuado, como sugiere el Defensor del Pueblo, modificar el artículo 19 de la OPCAT; Pues "parece razonable que el Ayuntamiento de Madrid valore la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).

En espera de su pronta respuesta, reciban un cordial saludo.