viernes, 15 de noviembre de 2019

Sorprendido por la contestación recibida del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid

Me ha sorpendido mucho la contestación recibida del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid a mi Petición de Información presentada el pasado 16/10/2019 y cuyo asunto era relativo al "Espacio Festival Mad Cool Valdebebas: nuevas autorizaciones, modificación ordenanza, tipo de sonómetros y Plan Especial ampliación".

Y me ha sorprendido pues el citado Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid parece no conocer la realidad que padecemos los vecinos de Valdebebas cada vez que se celebra un evento en la parcela del Ifema, sea este concierto o festival. Tengan en cuenta que algunas viviendas están situadas a menos de 200 metros del lugar en el que se celebran este tipo de macroconciertos.

Por ejemplo en el diario La Razón podemos leer que el Defensor del Pueblo insiste en que la anterior corporación municipal no tomó las medidas necesarias para proteger a los vecinos frente a estos grandes festivales que, como ha sido el caso del Mad Cool este año, se pueden alargar hasta cuatro días y en jornadas laborables.

Es por ello que este diario titula este artículo, del cual dejo a continuación su enlace, de la siguiente manera: "Multas al Mad Cool y Download por superar los límites de ruido. Menos horas y más inspecciones. La resolución del Defensor del Pueblo sobre los macrofestivales. Exige al Ayuntamiento un mayor control de estos eventos musicales que ya han sido sancionados con más de 60.000 euros por incumplir la normativa" (https://bit.ly/2NQ3XY7).

O sea, el Mad Cool Festival viene siendo sancionado de forma reiterada por el Ayuntamiento de Madrid desde el año 2016 hasta el actual, que también lo será por superar ampliamente los límites de ruido; dicho sea esto a la vista de la documentación facilitada por la DIRECCION GENERAL DE LA POLICIA MUNICIPAL, en la que se indican los resultados de las actuaciones realizadas en el marco de los festivales/conciertos, METALLICA, WELCOME PARTY, MAD COOL FESTIVAL Y COCA-COLA MUSIC EXPERIENCE, celebrados en la parcela conocida como IFEMA/Valdebebas entre el 03/05/2019 y el 14/09/2019, por parte tanto por la Unidad Integral de Distrito de Hortaleza, como por la Unidad de Medio Ambiente de la Policía Municipal de Madrid.

Y es sancionado no precisamente por los niveles de ruido y vibraciones establecidos en el Capítulo III, titulado "Evaluación del ruido y vibraciones de los emisores acústicos" de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT) del Ayuntamiento de Madrid, sino que las sanciones se producen como consecuencia de vulnerar reiteradamente, como así constata hasta el Defensor del Pueblo, el Art. 19 del Capítulo IV que autoriza y permite superar, hasta lo insospechado (pues aún el Ayuntamiento de Madrid no se ha dignado a informar del valor exacto en dBA), los límites de emisión; pues bien, hasta esas autorizaciones han dado lugar a un número importante de sanciones de multa impuestas al Mad Cool Festival por el Ayuntamiento de Madrid, al apreciarse la comisión de infracciones MUY GRAVES por superar el Mad Cool los niveles sonoros permitidos en horario nocturno en Valdebebas.

Me ha sorpendido mucho también la contestación recibida del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid pues parece desconocer, así se infiere de su respuesta, el Art. 26 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido; el cual establece la posibilidad de suspensión de la vigencia de las autorizaciones o licencias municipales.

Como también parece desconocer el Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Ayuntamiento de Madrid el Art. 62. de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT), la cual no solo establece sanciones, por infracciones, consistentes en multas; sino también al posibilidad de "suspensión de la vigencia de la licencia municipal de instalación o actividad u otra figura de intervención municipal en la que se hayan establecido condiciones relativas a la contaminación acústica"; así como la "clausura temporal, total o parcial de la actividad". Pues ya lo dice el refrán: Las leyes, si no hay sanciones superiores al beneficio que se logra vulnerándolas, no son leyes: son sermones.

Y, en este sentido, los promotores de los conciertos y festivales que se celebran en la parcela del Ifema de Valdebebas se mofan del Ayuntamiento de Madrid, pues las subvenciones millonarias que reciben de la institución, tanto directas y en metálico como indirectas y en especie (500 efectivos de la Policía Municipal de Madrid haciendo las funciones de Vigilantes de Seguridad de los conciertos y festivales), representan menos del 10% de lo que en multas pagan por "la burrada de decibelios" que los conciertos y festivales desparraman a los cuatro vientos por el barrio como afirmaba el anterior Coordinador General de la Alcaldía, Luis Cueto.

En espera de su respuesta que SOLICITO a esta comunicación con la que espero me aclaren, confirmen y resuelvan los razonamientos y reflexiones a Ustedes planteadas, reciban un cordial saludo.

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid; de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza; así como de la Dirección General de Sostenibilidad y Control Ambiental del Área de Medio Ambiente y Movilidad, del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y del Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.