jueves, 26 de septiembre de 2019

En el Plan Especial el Ayuntamiento de Madrid no debe tocar el proyecto original del IFEMA

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid; de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza; así como del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y del Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Asunto: Petición para que en el Plan Especial el Ayuntamiento de Madrid no modifique el proyecto original de ampliación del IFEMA en Valdebebas.

Quien la presente suscribe EXPONE:

Que en el día de hoy, jueves 26 de septiembre de 2019, se me traslada la siguiente información desde la Unidad Gestora para la Transparencia de la Secretaría General Técnica del Área de Gobierno Portavoz, Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, una vez consultadas las Unidades de Medio Ambiente y la Unidad Integral de Distrito (UID) de Hortaleza de la Policía Municipal sobre las mediciones realizadas en el dispositivo de control de la contaminación acústica en el festival Mad Cool 2019, que comunican los siguientes resultados:

Unidad de Medio Ambiente: 2 mediciones superan los límites autorizados; Unidad Integral de Distrito de Hortaleza: 2 mediciones superan los límites autorizados. Las Actas de ruidos fueron remitidas al Departamento de Disciplina Ambiental.

Que también se me remite desde la misma Unidad del Ayuntamiento de Madrid las horas de medición. Sobre este particular hay que señalar que ninguna de ellas fue realizada durante el horario de realización de las pruebas sonoras o ensayos llevados a cabo durante los tres días previos que por costumbre tienen establecidos realizar, como asimismo también en los mismos días de la Welcome Party 2019 del día 10 de julio y del festival Mad Cool 2019 de los días 11, 12 y 13 de julio; ensayos que comenzaron a primera hora de la mañana y hasta más allá de la hora permitida por el Ayuntamiento de Madrid para la finalización de los mismos.

Que la reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores del festival Mad Cool es manifiesta y aún no se han establecido ninguna medida adicional eficaz, como así recomienda el Defensor del Pueblo, por parte del Ayuntamiento de Madrid para garantizar una menor afección a los vecinos.

Que, una vez constatado un nuevo incumplimiento de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Términa (OPCAT) en relación con los límites de niveles sonoros autorizados, el horario y las condiciones establecidas en la autorización aprobada por Resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental, de Ustedes SOLICITO:

1.- Que al ser una acción reiterada, pedir que no se autoricen más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool; pues "existe reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores" que "el Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta", como así indica expresamente el Defensor del Pueblo; dado que en el año 2017 y en el año 2018, como también ocurrirá este año 2019 a la vista de las actas levantadas, se instruyeron expedientes sancionadores contra el Mad Cool Festival al apreciarse, como indica la Resolución del Director Gral. de Sostenibilidad y Control Ambiental, "la comisión de infracciones muy graves tipificadas en el artículo 59.3 a) de la OPCAT por superar los niveles sonoros permitidos en horario nocturno".

2.- Que dado que los medidores de ruido han vuelto a superar el máximo de los permitidos consecuencia, de nuevo, de "la burrada de decibelios" que el festival desparrama a los cuatro vientos por el barrio; sería adecuado, como sugiere el Defensor del Pueblo, modificar el artículo 19 de la OPCAT; Pues "parece razonable que el Ayuntamiento de Madrid valore la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).

3.- Que el Ayuntamiento de Madrid coloque sonómetros permanentes, como así se ha hecho en otras localidades que padecen festivales de música próximos a zonas residenciales (recordemos que el Espacio Mad Cool está a escasos 200 metros de una zona residencial en la que viven miles de vecinos) o realice, como les sugiere el Defensor del Pueblo, un mayor número de mediciones sonométricas periódicas por parte de la Policía de Madrid en todos los eventos, y durante todos los días de celebración de los mismos (también durante los tres días previos de ensayos que se alargan por más de 15 horas ininterrumpidas), en el conocido como Espacio Mad Cool de Valdebebas. Lo más eficiente, siguiendo el ejemplo de otras zonas que padecen esta realidad de contaminación acústica, es realizar un monitorizado continuo para cada hora y por periodos de día, tarde y noche durante todo el tiempo de duración del evento o festival; así como los tres días previos de ensayos.

4.- Que en lo relativo a la ampliación del Ifema el Ayuntamiento de Madrid compruebe que el Plan Especial que debe de aprobar contempla, en el desarrollo de su tercera fase, como así ha publicado los medios de comunicación, la construcción de un centro comercial y uno o dos hoteles para dar cabida a los asistentes a las convenciones y no toleren la Carmenada que pretendía llevar a cabo Luis Cueto en el recinto, reservando esa zona para conciertos al aire libre; lo cual supondría una nueva agresión a Valdebebas. El Ayuntamiento de Madrid no debe de variar el proyecto original del Ifema, no debe de consentir que en el Plan Especial que apruebe se reserve ningún espacio para conciertos al aire libre y, por tanto, no debe de ser rehén y cómplice de los maquiavélicos planes de Luis Cueto; pues el barrio de Valdebebas no está preparado para macrofestivales.

En espera de su pronta respuesta, reciban un cordial saludo.


miércoles, 25 de septiembre de 2019

Solicitud de amparo al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de la Comunidad de Madrid

Remito al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía la siguiente solicitud de amparo para que intercedan ante el Ayuntamiento de Madrid para que respete tanto la Constitución como las sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH que garantizan la inviolabilidad del domicilio: "El domicilio no puede ser violado, ni por entradas físicas no autorizadas, ni por intrusiones no físicas como el ruido o las vibraciones."

Quién la presente suscribe EXPONE:

Que el día 12 de febrero de 2019 la prensa publicaba lo siguiente: Los organizadores del festival, sin embargo, apenas hicieron mención al ruido que se propagó por todo el distrito de Hortaleza. Tuvo que ser el coordinador general de la alcaldía, Luis Cueto, quién aludió a “la burrada de decibelios” que el Mad Cool desparrama a los cuatro vientos y, aunque anunció la futura instalación de pantallas antirruido en el recinto que alberga el festival, no estarán listas, según el representante del Ayuntamiento, hasta el 2020.

Que el día 25 de septiembre de 2019 recibo del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto la siguiente comunicación: En relación al expediente citado le informamos que consultado al Distrito de Hortaleza nos informa que el Ayuntamiento no dispone de la información relativa a la colocación de las pantallas acústicas. La empresa que  organiza el festival es la encargada de explotar un terreno localizado en Valdebebas cuya gestión pertenece a IFEMA.

¿Por qué el día 12 de febrero de 2019 el representante del Ayuntamiento anunciaba en los medios de comunicación que en el año 2020, o sea, el próximo Mad Cool Festival, contaría, ante "la burrada de decibelios" que el Mad Cool desparrama a los cuatro vientos, con la instalación de pantallas antirruido en el recinto que alberga el festival; y a fecha de 25 de septiembre de 2019 el Ayuntamiento nos informa que no se dispone de la información relativa a la colocación de las pantallas acústicas?

¿Se nos engaña a los ciudadanos desde las instituciones públicas de forma deliberada?

Por todo ello SOLICITA:

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que se defiendan los derechos fundamentales de los ciudadanos y vecinos de Valdebebas?

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que se respete tanto la Constitución como las sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH que garantizan la inviolabilidad del domicilio: "El domicilio no puede ser violado, ni por entradas físicas no autorizadas, ni por intrusiones no físicas como el ruido o las vibraciones."?

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, deje de hacer dejación de su función pública de control ambiental de la contaminación acústica? Pues en todos los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas no ejerce, de forma eficaz y eficiente, las potestades que tienen asignadas con el objeto de prevenir, evitar, y en su caso, suprimir la contaminación acústica que impida o limite el ejercicio de los derechos fundamentales de la ciudadanía a un domicilio libre de ruido. Dado que ni coloca las prometidas Pantallas Acústicas, ni hay voluntad de instalar los Sonómetros Permanentes en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas y, como le sugiere el Defensor del Pueblo, tampoco "valora la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, proteja de manera eficaz el derecho de la ciudadanía a residir en un domicilio libre de ruido?

¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, como en su día trasladó el Defensor del Pueblo, tome las medidas necesarias para proteger a los vecinos frente a los ruidos molestos y las conductas incívicas, impidiendo la permisividad ante la celebración de actuaciones generadoras de elevados niveles de ruido e incrementando las exigencias ambientales y organizativas, especialmente las relativas a la contaminación acústica, control y vigilancia de los horarios; debiendo ser el Ayuntamiento el encargado de velar por el cumplimiento de la ley dentro de su municipio, y no el que la transgreda o ampare la transgresión de la norma? Pues como pueden comprobar a través del siguiente enlace en el último evento celebrado en el Espacio Mad Cool de Valdebebas, esto es, el Coca-Cola Music Experience de 2019 realizado los días 13 y 14 de septiembre de 2019, se volvieron a superar los niveles máximos de ruidos impuestos por el propio Ayuntamiento como les puede constatar la Unidad de Medio Ambiente de la Policía Municipal de Madrid. Incluso en la realización de las pruebas sonoras o ensayos llevados a cabo los días 11 y 12 de septiembre entre las 9:00 y las 23:00 horas, como así indica el Informe de la Afección Acústica del Festival Musical CCME 2019 a las viviendas cercanas encargado por el propio Ayuntamiento y realizado por la empresa ALLPE Ingeniería y medio ambiente; en él advierte que en dichas viviendas se alcanzarán los 75.9db.

En espera de su respuesta, reciban un cordial saludo.

jueves, 19 de septiembre de 2019

Petición para que no se autoricen más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid; de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza; así como del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y del Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Quien la presente suscribe EXPONE:

Que como afirma el Defensor del Pueblo, el Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta la reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores del festival Mad Cool y establecer medidas adicionales para garantizar una menor afección a los vecinos.

Que la UMA de la Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid informa al Fiscal de Sala de Medio Ambiente y Urbanismo de la Fiscalía General del Estado de la existencia de actas de mediciones de ruidos, que se realizaron con ocasión del Mad Cool Festival 2019, que excedieron los límites sonoros autorizados.

Que la reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores del festival Mad Cool es manifiesta y aún no se han establecido ninguna medida adicional eficaz por parte del Ayuntamiento de Madrid para garantizar una menor afección a los vecinos.

Que, una vez constatado un nuevo incumplimiento de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Términa (OPCAT) en relación con los límites de niveles sonoros autorizados, el horario y las condiciones establecidas en la autorización aprobada por Resolución del Director General de Sostenibilidad y Control Ambiental,

SOLICITA:

Que al ser una acción reiterada, pedir que no se autoricen más eventos (ni conciertos ni festivales) en la parcela del Ifema en Valdebebas, en el conocido como Espacio Mad Cool; pues "existe reincidencia en el incumplimiento de los niveles autorizados por parte de los promotores" que "el Ayuntamiento de Madrid deberá tener en cuenta", como así indica expresamente el Defensor del Pueblo; dado que en el año 2018 también se instruyó expediente sancionador contra el Mad Cool Festival al apreciarse, como indica la Resolución del Director Gral. de Sostenibilidad y Control Ambiental, "la comisión de sendas infracciones muy graves tipificadas en el artículo 59.3 a) de la OPCAT por superar los niveles sonoros permitidos en horario nocturno".

Que dado que los medidores de ruido han vuelto a superar el máximo de los permitidos consecuencia, de nuevo, de "la burrada de decibelios" que el festival desparrama a los cuatro vientos por el barrio; sería adecuado, como sugiere el Defensor del Pueblo, modificar el artículo 19 de la OPCAT; Pues "parece razonable que el Ayuntamiento de Madrid valore la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).

En espera de su pronta respuesta, reciban un cordial saludo.


domingo, 15 de septiembre de 2019

Sobre el CCME 2019 celebrado en un Espacio Mad Cool que hacía aguas por todos lados y estaba anegado

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid; de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza; así como del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y del Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Quién la presente suscribe EXPONE:

Que la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), en sus artículos 18 y 19 establece la obligatoriedad de que todos los trabajadores reciban información y formación suficiente y adecuada, en materia preventiva. Se deberán tomar las medidas pertinentes para que los trabajadores reciban información respecto a:
- Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función.
- Las medidas y actividades de prevención y protección aplicables a dichos riesgos.
- Las medidas adoptadas en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación.
La información tiene como finalidad dar a conocer a los trabajadores su medio de trabajo y todas las circunstancias que lo rodean, concretándolas en los posibles riesgos, su gravedad y las medidas de protección y prevención adoptadas.

Que la siniestralidad laboral puede esconderse detrás de cualquier circunstancia susceptible de causar daño a las personas y, en ocasiones, el desconocimiento en la exposición al riesgo es la forma más frecuente de producir el accidente. Sucesos acaecidos recientemente, originados por la caída de rayos, invita a abordar una de las situaciones que puede generar, en pocos minutos, un escenario hipnótico por su belleza pero peligroso para la integridad de las personas por el importante riesgo que pudiera provocar: La formación de tormentas eléctricas con descarga de rayos.

Que a pesar de que cada vez contamos con más medios para la predicción del tiempo, nadie está exento de verse sorprendido por una tormenta eléctrica y menos un evento al aire libre. En el mundo se producen a diario unas 44.000 tormentas y el rayo es la expresión más peligrosa de este fenómeno. Para ponernos en antecedentes, estas son algunas cifras publicadas por APAF-Madrid que hablan de la magnitud y el riesgo de los rayos:
– El 30% de los alcanzados por un rayo muere.
– El 74% de los supervivientes queda con discapacidades permanentes.
– El 70% de los rayos cae entre junio y agosto.
– El 92% de los rayos cae entre mayo y septiembre.
– Aunque pensemos que la tormenta está lejos. Los rayos pueden impactar a más de 20 kilómetros de distancia del, digamos, epicentro de la tormenta.
Por lo que cabe concluir que, en el caso de ser alcanzado por un rayo lo más factibles es no salir indemne de la experiencia.

Que el informe «Variables meteorológicas y salud» publicado por la Comunidad de Madrid, y la NTP 1084: Prevención de riesgos laborales originados por la caída de rayos elaborada por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) describen el fenómeno del rayo, los factores de riesgo y detallan las medidas de prevención y protección aplicables tanto a los edificios o estructuras, como a los equipos y a las pautas de trabajo; y por tanto deben tenerse en cuenta dentro de los planes de prevención laboral, en especial en las Medidas de Prevención y de Protección del Plan de Prevención de Riesgos Laborales como en el Plan de Emergencia y Evacuación.

Que en el día de ayer les solicité ser informado del por qué los organizadores del festival Coca-Cola Music Experience (CCME 2019) y el Ayuntamiento de Madrid, han permitido, el día 14 de septiembre, continuar el desarrollo del festival al aire libre cuando llovía a cántaros y los músicos, como los del Titanic, seguían tocando sin darse cuenta que el Espacio Mad Cool hacía aguas por todos lados y estaba anegado. Más teniendo en cuenta que en el Plan de Seguridad y Movilidad no refleja que el recinto tenga adecuadas medidas de seguridad como detector de tormentas eléctricas, pararrayos, ... para prevenir las tormentas eléctricas que se están produciendo en un lugar, al aire libre (con DANA o "gota fría" acechando un Madrid en alerta por tormentas y viento), y donde todo son estructuras metálicas y en el que siempre se tienta a la suerte. No se puede jugar con la seguridad y la vida de la gente, pues cuando pase algo todo serán lamentaciones, golpes de pecho y evitación de responsabilidades como ocurrió en el Madrid Arena. Y no será por las veces que los vecinos han alertando de esta inseguridad de forma constante en el denominado Espacio Mad Cool en Valdebebas, tanto a través de redes sociales (#IncidenciasCCME, #IncidenciasMetallica, #IncidenciasMadCool) como de quejas ante el Ayuntamiento de Madrid, la Fiscalía General del Estado y el Defensor del Pueblo.

Que en base a todo ello SOLICITA:

A) Ser informado si los organizadores del festival Coca-Cola Music Experience (CCME 2019) y del Ayuntamiento de Madrid tienen constancia por escrito de que todos los trabajadores que han prestado sus servicios en el CCME 2019 han recibido información y formación suficiente y adecuada, en materia preventiva y, en concreto, respecto a las materias que establece la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL); así como la fecha en que han recibido esa información y formación suficiente y adecuada.

B) Ser informado si los organizadores del festival Coca-Cola Music Experience (CCME 2019) y del Ayuntamiento de Madrid tienen constancia por escrito de que todos los trabajadores que han prestado sus servicios en el CCME 2019 (un evento al aire libre) han recibido información y formación suficiente y adecuada, en materia preventiva y, en concreto, respecto a tormentas eléctricas y riesgos laborales originados por la caída de rayos como expresión más peligrosa de este fenómeno; así como sobre los factores de riesgo y las medidas de prevención y protección aplicables tanto a los edificios o estructuras, como a los equipos y a las pautas de trabajo; y que, por tanto, deben tenerse en cuenta dentro de los planes de prevención laboral, en especial en las Medidas de Prevención y de Protección del Plan de Prevención de Riesgos Laborales como en el Plan de Emergencia y Evacuación; así como la fecha en que han recibido esa información y formación suficiente y adecuada, y si esa información está recogida en el preceptivo Plan de Prevención de Riesgos Laborales como en el Plan de Emergencia y Evacuación del citado festival CCME 2019.

C) Ser informado si los organizadores del festival Coca-Cola Music Experience (CCME 2019) y del Ayuntamiento de Madrid tienen constancia por escrito de que todos los trabajadores que han prestado sus servicios en el CCME 2019 (un evento al aire libre) han recibido información y formación suficiente y adecuada sobre las medidas de prevención y de protección, en materia preventiva y, en concreto, respecto a tormentas eléctricas y riesgos laborales originados por la caída de rayos como expresión más peligrosa de este fenómeno y si esta información ha sido trasladada de alguna manera a los miles de asistentes al festival CCME 2019. Por ejemplo: Permanecer sentado en el suelo sobre material aislante preferiblemente seco con los pies juntos, rodillas levantadas y manos no apoyadas en el suelo; Deshacerse de todo material o herramienta metálica o de fibra de vidrio y depositarlo a más de 30 metros de distancia, pues los rayos aprovechan su buena conducción; Alejarse de objetos metálicos (vallas metálicas, andamios, alambradas, tuberías, líneas telefónicas, instalaciones eléctricas, maquinaria…); Apagar los móviles pues sus radiaciones electromagnéticas pueden atraer los rayos; Aislarse del suelo y del contacto con charcos o zonas mojadas; Dispersarse unos metros si se va en grupo; Evitar correr durante una tormenta y menos con la ropa mojada al originarse una turbulencia en el aire y una zona de convección que puede atraer el rayo.

En espera de su pronta respuesta a lo solicitado, reciban un saludo.


sábado, 14 de septiembre de 2019

Sobre las carencias del Plan de Seguridad y Movilidad del CCME 2019

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid; de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza; así como del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid y del Inspector Jefe del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Quién la presente suscribe EXPONE y SOLICITA:

A) Ser informado del por qué los organizadores del festival Coca-Cola Music Experience (CCME 2019) y el Ayuntamiento de Madrid, han permitido a la salida del festival que la gente deambulara por las calzadas de las calles de varios carriles de Valdebebas en busca de los vehículos aparcados y estacionados inadecuadamente en ellas a la espera de recoger a los miles de asistentes que salían de los conciertos. La escasa visibilidad por el mal tiempo hacía de esta práctica algo muy peligroso. En los vídeos alojados en el hashtag #IncidenciasCCME se aprecia nítidamente esto que se indica.

B) Ser informado del por qué los organizadores del festival Coca-Cola Music Experience (CCME 2019) y el Ayuntamiento de Madrid, han permitido que los vecinos que viven en la zona que está frente a los escenarios de la parcela en la que se ha celebrado el CCME 2019, sufrieran el ruido infernal de los ensayos al amanecer (desde el día 12 de septiembre que empezaron) y los conciertos hasta la hora de finalización (día 14 de septiembre) de los programados; dado que los medidores de ruido han vuelto a superar el máximo de los permitidos consecuencia, de nuevo, de "la burrada de decibelios" que el festival desparrama a los cuatro vientos por el barrio. Sería adecuado, como sugiere el Defensor del Pueblo, modificar el artículo 19 de la OPCAT; Pues "parece razonable que el Ayuntamiento de Madrid valore la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).

C) Ser informado del por qué los organizadores del festival Coca-Cola Music Experience (CCME 2019) y el Ayuntamiento de Madrid, han permitido, el día 14 de septiembre, continuar el desarrollo del festival cuando llovía a cántaros y los músicos, como los del Titanic, seguían tocando sin darse cuenta que el Espacio Mad Cool hacía aguas por todos lados y estaba anegado. A ver si se agiliza la decisión de trasladar estos macroconciertos a otra zona de Madrid adecuada y habilitada para ello (https://bit.ly/2kAoVPe). Pues en el Plan de Seguridad y Movilidad no refleja que el recinto tenga adecuadas medidas de seguridad como detector de tormentas eléctricas, pararrayos, ... para prevenir las tormentas eléctricas que se están produciendo en un lugar donde todo son estructuras metálicas y en el que siempre se tienta a la suerte. No se puede jugar con la seguridad y la vida de la gente. Cuando pase algo todo serán lamentaciones, golpes de pecho y evitación de responsabilidades como ocurrió en el Madrid Arena. Y no será por las veces que los vecinos lo han dicho, pues los vecinos estamos alertando de esta inseguridad de forma constante, tanto a través de redes sociales como de quejas ante el Ayuntamiento de Madrid, la Fiscalía General del Estado y el Defensor del Pueblo.

En espera de su pronta respuesta a lo solicitado, reciban un saludo.


Petición para que la nueva ubicación del Mad Cool Festival no sea Valdebebas

Se ha recibido en esta Alcaldía su nuevo correo, en el que solicita información sobre instalación de pantallas acústicas en el denominado espacio Mad Cool de Valdebebas. 

Al respecto, le informamos de que existe un proyecto de ampliación de los recintos feriales de Ifema, precisamente en los terrenos en los que se venía celebrando el festival Mad Cool. Este proyecto, que aún debe ser aprobado por el Ayuntamiento, previsiblemente en fechas próximas, supondría la construcción de tres nuevos pabellones, un área polivalente, un centro de convenciones, y un mayor número de plazas de aparcamiento. Como es obvio, la puesta en marcha de este plan supondría cambiar en el futuro la ubicación del referido festival. 

Agradeciendo nuevamente la confianza mostrada al dirigirse a nosotros, en nombre del Alcalde de Madrid, le enviamos un cordial saludo.

El Gabinete de la Alcaldía

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👉 Todo el barrio ha de formular la petición para que la nueva ubicación del #MadCoolFestival no sea #Valdebebas.

La ampliación del #Ifema que apruebe el @MADRID ha de ser sin espacio destinado a macroconciertos al aire libre.

¡#MadCoolEnLaCasaDeCampoYa!

👉 Existe un proyecto de ampliación de los recintos feriales de Ifema, precisamente en los terrenos en los que se venía celebrando el festival Mad Cool. Como es obvio, la puesta en marcha de este plan supondría cambiar en el futuro la ubicación del referido festival.

+ info 👇👇


lunes, 9 de septiembre de 2019

El Ayuntamiento de Madrid no protege de manera eficaz el derecho de la ciudadanía a residir en un domicilio libre de ruido

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid y de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Quién la presente suscribe EXPONE y SOLICITA:

Que el festival Coca-Cola Music Experience que se llevará a cabo en Valdebebas los días 13 y 14 de septiembre de 2019 y, por ello, el Ayuntamiento de Madrid ha de saber que es su obligación, antes de autorizar cualquier evento, sea Concierto o Festival en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, valorar el ruido que se pueda emitir y, especialmente, limitar con carácter previo tanto su nivel de intensidad como los horarios en los que se produce; con el fin de permitir el descanso de los vecinos porque el ruido intenso, prolongado y sin ningún tipo de limitaciones afecta a la salud y al descanso, de acuerdo con lo declarado por el Tribunal Constitucional (Sentencias nº 199/1996 (F. 2), nº 303/1993, nº 22/1984 (F. 5); nº 137/1985 (F. 2) y nº 94/1999), el Tribunal Supremo (Sentencias de 10 de abril de 2003, 23 de febrero y 24 de abril de2004) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sentencia de 16 de noviembre de 2004).

Que la Constitución y varias sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH garantizan la inviolabilidad del domicilio: "El domicilio no puede ser violado, ni por entradas físicas no autorizadas, ni por intrusiones no físicas como el ruido o las vibraciones."

Que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, el próximo será el CCME de los días 13 y 14 de septiembre de 2019, está haciendo dejación de su función pública de control ambiental de la contaminación acústica; al no ejercer, de forma eficaz y eficiente, las potestades que tienen asignadas con el objeto de prevenir, evitar, y en su caso, suprimir la contaminación acústica que impida o limite el ejercicio de los derechos fundamentales de la ciudadanía a un domicilio libre de ruido.

Que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, el próximo será el CCME de los días 13 y 14 de septiembre de 2019, no protege de manera eficaz el derecho de la ciudadanía a residir en un domicilio libre de ruido.

Que, como en su día trasladó el Defensor del Pueblo, es deber del Ayuntamiento tomar las medidas necesarias para proteger a los vecinos frente a los ruidos molestos y las conductas incívicas, impidiendo la permisividad ante la celebración de actuaciones generadoras de elevados niveles de ruido e incrementando las exigencias ambientales y organizativas, especialmente las relativas a la contaminación acústica, control y vigilancia de los horarios; debiendo ser el Ayuntamiento el encargado de velar por el cumplimiento de la ley dentro de su municipio, y no el que la transgreda o ampare la transgresión de la norma.

Que el Ayuntamiento de Madrid debe de colocar, de forma inmediata y antes del próximo CCME de los días 13 y 14 de septiembre de 2019, además de las prometidas Pantallas Acústicas, Sonómetros Permanentes en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas y, como le sugiere el Defensor del Pueblo, modificar el artículo 19 de la OPCAT; Pues "parece razonable que el Ayuntamiento de Madrid valore la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).

Conocer si el Ayuntamiento de Madrid ha evaluado el resto de factores como los tipos de fuentes sonoras, ubicación, orientación, distancias, colocación de limitadores de sonido, obstáculos interpuestos, etc. para garantizar una menor afección a los vecinos y garantizar el descanso nocturno a los mismos en sus viviendas, (ubicadas en suelo residencial y a menos de 200 metros de la zona de conciertos) como así sugiere el Defensor del Pueblo a la institución municipal; pues el festival Coca-Cola Music Experience se llevará a cabo en Valdebebas los días 13 y 14 de septiembre de 2019 y, hasta ahora, no nos consta a los vecinos que se haya hecho.

Conocer las razones por las que aún no he recibido respuesta expresa a mi solicitud (https://bit.ly/2m6w7Tt) para que el Plan de movilidad y seguridad para el festival Coca-Cola Music Experience, que se llevará a cabo en Valdebebas los días 13 y 14 de septiembre de 2019, refleje y cumpla con todas la recomendaciones que el Defensor del Pueblo les insta a realizar (hasta ahora no lo han hecho).

En espera de su pronta respuesta a lo solicitado, reciban un saludo.


miércoles, 4 de septiembre de 2019

La CAM apuesta por la concentración de las sedes judiciales en Valdebebas

Enrique López, Consejero de Justicia de la Comunidad de Madrid, anuncia en la COPE su apuesta por la concentración de las sedes judiciales en Valdebebas; para aprovechar las infraestructuras y las inversiones ya realizadas de la Ciudad de la Justicia.

👇👇👇 Escucha el audio aquí 👇👇👇

👉 Enrique López, Consejero de Justicia de la @ComunidadMadrid, anuncia en la @COPE su apuesta por la concentración de las sedes judiciales en #Valdebebas; para aprovechar las infraestructuras y las inversiones ya realizadas de la Ciudad de la Justicia. Gracias @IdiazAyuso 👏👏👏