Remito al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía la siguiente solicitud de amparo para que intercedan ante el Ayuntamiento de Madrid para que respete tanto la Constitución como las sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH que garantizan la inviolabilidad del domicilio: "El domicilio no puede ser violado, ni por entradas físicas no autorizadas, ni por intrusiones no físicas como el ruido o las vibraciones."
Quién la presente suscribe EXPONE:
Que el día 12 de febrero de 2019 la prensa publicaba lo siguiente: Los organizadores del festival, sin embargo, apenas hicieron mención al ruido que se propagó por todo el distrito de Hortaleza. Tuvo que ser el coordinador general de la alcaldía, Luis Cueto, quién aludió a “la burrada de decibelios” que el Mad Cool desparrama a los cuatro vientos y, aunque anunció la futura instalación de pantallas antirruido en el recinto que alberga el festival, no estarán listas, según el representante del Ayuntamiento, hasta el 2020.
Fuente: https://bit.ly/2GkCkCJ
Que el día 25 de septiembre de 2019 recibo del Área de Gobierno de Participación Ciudadana, Transparencia y Gobierno Abierto la siguiente comunicación: En relación al expediente citado le informamos que consultado al Distrito de Hortaleza nos informa que el Ayuntamiento no dispone de la información relativa a la colocación de las pantallas acústicas. La empresa que organiza el festival es la encargada de explotar un terreno localizado en Valdebebas cuya gestión pertenece a IFEMA.
¿Por qué el día 12 de febrero de 2019 el representante del Ayuntamiento anunciaba en los medios de comunicación que en el año 2020, o sea, el próximo Mad Cool Festival, contaría, ante "la burrada de decibelios" que el Mad Cool desparrama a los cuatro vientos, con la instalación de pantallas antirruido en el recinto que alberga el festival; y a fecha de 25 de septiembre de 2019 el Ayuntamiento nos informa que no se dispone de la información relativa a la colocación de las pantallas acústicas?
¿Se nos engaña a los ciudadanos desde las instituciones públicas de forma deliberada?
Por todo ello SOLICITA:
¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que se defiendan los derechos fundamentales de los ciudadanos y vecinos de Valdebebas?
¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que se respete tanto la Constitución como las sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH que garantizan la inviolabilidad del domicilio: "El domicilio no puede ser violado, ni por entradas físicas no autorizadas, ni por intrusiones no físicas como el ruido o las vibraciones."?
¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, deje de hacer dejación de su función pública de control ambiental de la contaminación acústica? Pues en todos los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas no ejerce, de forma eficaz y eficiente, las potestades que tienen asignadas con el objeto de prevenir, evitar, y en su caso, suprimir la contaminación acústica que impida o limite el ejercicio de los derechos fundamentales de la ciudadanía a un domicilio libre de ruido. Dado que ni coloca las prometidas Pantallas Acústicas, ni hay voluntad de instalar los Sonómetros Permanentes en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas y, como le sugiere el Defensor del Pueblo, tampoco "valora la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).
¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, proteja de manera eficaz el derecho de la ciudadanía a residir en un domicilio libre de ruido?
¿Puede hacer algo al respecto el Defensor del Pueblo y la Fiscalía para que el Ayuntamiento de Madrid, como en su día trasladó el Defensor del Pueblo, tome las medidas necesarias para proteger a los vecinos frente a los ruidos molestos y las conductas incívicas, impidiendo la permisividad ante la celebración de actuaciones generadoras de elevados niveles de ruido e incrementando las exigencias ambientales y organizativas, especialmente las relativas a la contaminación acústica, control y vigilancia de los horarios; debiendo ser el Ayuntamiento el encargado de velar por el cumplimiento de la ley dentro de su municipio, y no el que la transgreda o ampare la transgresión de la norma? Pues como pueden comprobar a través del siguiente enlace en el último evento celebrado en el Espacio Mad Cool de Valdebebas, esto es, el Coca-Cola Music Experience de 2019 realizado los días 13 y 14 de septiembre de 2019, se volvieron a superar los niveles máximos de ruidos impuestos por el propio Ayuntamiento como les puede constatar la Unidad de Medio Ambiente de la Policía Municipal de Madrid. Incluso en la realización de las pruebas sonoras o ensayos llevados a cabo los días 11 y 12 de septiembre entre las 9:00 y las 23:00 horas, como así indica el Informe de la Afección Acústica del Festival Musical CCME 2019 a las viviendas cercanas encargado por el propio Ayuntamiento y realizado por la empresa ALLPE Ingeniería y medio ambiente; en él advierte que en dichas viviendas se alcanzarán los 75.9db.
Fuente: http://stopmadcool.com/?p=20
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