lunes, 9 de septiembre de 2019

El Ayuntamiento de Madrid no protege de manera eficaz el derecho de la ciudadanía a residir en un domicilio libre de ruido

A/A José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid; Begoña Villacís Sánchez, Vicealcaldesa de Madrid y de Alberto Serrano Patiño, Concejal-Presidente del distrito de Hortaleza. Para su conocimiento, actuación y posterior traslado al resto de grupos con representación municipal, al Defensor del Pueblo y a la Fiscalía de Medio Ambiente para que lleven a cabo el control y seguimiento del expediente.

Quién la presente suscribe EXPONE y SOLICITA:

Que el festival Coca-Cola Music Experience que se llevará a cabo en Valdebebas los días 13 y 14 de septiembre de 2019 y, por ello, el Ayuntamiento de Madrid ha de saber que es su obligación, antes de autorizar cualquier evento, sea Concierto o Festival en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, valorar el ruido que se pueda emitir y, especialmente, limitar con carácter previo tanto su nivel de intensidad como los horarios en los que se produce; con el fin de permitir el descanso de los vecinos porque el ruido intenso, prolongado y sin ningún tipo de limitaciones afecta a la salud y al descanso, de acuerdo con lo declarado por el Tribunal Constitucional (Sentencias nº 199/1996 (F. 2), nº 303/1993, nº 22/1984 (F. 5); nº 137/1985 (F. 2) y nº 94/1999), el Tribunal Supremo (Sentencias de 10 de abril de 2003, 23 de febrero y 24 de abril de2004) y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sentencia de 16 de noviembre de 2004).

Que la Constitución y varias sentencias del Tribunal Europeo de DD.HH garantizan la inviolabilidad del domicilio: "El domicilio no puede ser violado, ni por entradas físicas no autorizadas, ni por intrusiones no físicas como el ruido o las vibraciones."

Que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, el próximo será el CCME de los días 13 y 14 de septiembre de 2019, está haciendo dejación de su función pública de control ambiental de la contaminación acústica; al no ejercer, de forma eficaz y eficiente, las potestades que tienen asignadas con el objeto de prevenir, evitar, y en su caso, suprimir la contaminación acústica que impida o limite el ejercicio de los derechos fundamentales de la ciudadanía a un domicilio libre de ruido.

Que el Ayuntamiento de Madrid, en relación a los eventos que se organizan en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas, el próximo será el CCME de los días 13 y 14 de septiembre de 2019, no protege de manera eficaz el derecho de la ciudadanía a residir en un domicilio libre de ruido.

Que, como en su día trasladó el Defensor del Pueblo, es deber del Ayuntamiento tomar las medidas necesarias para proteger a los vecinos frente a los ruidos molestos y las conductas incívicas, impidiendo la permisividad ante la celebración de actuaciones generadoras de elevados niveles de ruido e incrementando las exigencias ambientales y organizativas, especialmente las relativas a la contaminación acústica, control y vigilancia de los horarios; debiendo ser el Ayuntamiento el encargado de velar por el cumplimiento de la ley dentro de su municipio, y no el que la transgreda o ampare la transgresión de la norma.

Que el Ayuntamiento de Madrid debe de colocar, de forma inmediata y antes del próximo CCME de los días 13 y 14 de septiembre de 2019, además de las prometidas Pantallas Acústicas, Sonómetros Permanentes en el denominado Espacio Mad Cool de Valdebebas y, como le sugiere el Defensor del Pueblo, modificar el artículo 19 de la OPCAT; Pues "parece razonable que el Ayuntamiento de Madrid valore la posibilidad de modificar la redacción del artículo 19 de la OPCAT, ya que se da la circunstancia que, año tras año, no se respetan los niveles de ruido y los horarios autorizados en una resolución municipal" (https://bit.ly/2m8lxLT).

Conocer si el Ayuntamiento de Madrid ha evaluado el resto de factores como los tipos de fuentes sonoras, ubicación, orientación, distancias, colocación de limitadores de sonido, obstáculos interpuestos, etc. para garantizar una menor afección a los vecinos y garantizar el descanso nocturno a los mismos en sus viviendas, (ubicadas en suelo residencial y a menos de 200 metros de la zona de conciertos) como así sugiere el Defensor del Pueblo a la institución municipal; pues el festival Coca-Cola Music Experience se llevará a cabo en Valdebebas los días 13 y 14 de septiembre de 2019 y, hasta ahora, no nos consta a los vecinos que se haya hecho.

Conocer las razones por las que aún no he recibido respuesta expresa a mi solicitud (https://bit.ly/2m6w7Tt) para que el Plan de movilidad y seguridad para el festival Coca-Cola Music Experience, que se llevará a cabo en Valdebebas los días 13 y 14 de septiembre de 2019, refleje y cumpla con todas la recomendaciones que el Defensor del Pueblo les insta a realizar (hasta ahora no lo han hecho).

En espera de su pronta respuesta a lo solicitado, reciban un saludo.